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domingo, 17 de marzo de 2013

Lista de ratificaciones de convenios internacionales del trabajo

     
Brasil
Miembro desde 1919 96 convenios ratificados (80 en vigor)
C. 6 Convenio sobre el trabajo nocturno de los menores (industria), 1919 (núm. 6) 26.04.1934
C. 11 Convenio sobre el derecho de asociación (agricultura), 1921 (núm. 11) 25.04.1957
C. 12 Convenio sobre la indemnización por accidentes del trabajo (agricultura), 1921 (núm. 12) 25.04.1957
C. 14 Convenio sobre el descanso semanal (industria), 1921 (núm. 14) 25.04.1957
C. 16 Convenio sobre el examen médico de los menores (trabajo marítimo), 1921 (núm. 16) 8.06.1936
C. 19 Convenio sobre la igualdad de trato (accidentes del trabajo), 1925 (núm. 19) 25.04.1957
C. 21 Convenio sobre la inspección de los emigrantes, 1926 (núm. 21) 18.06.1965
C. 22 Convenio sobre el contrato de enrolamiento de la gente de mar, 1926 (núm. 22) 18.06.1965
C. 26 Convenio sobre los métodos para la fijación de salarios mínimos, 1928 (núm. 26) 25.04.1957
C. 29 Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29) 25.04.1957
C. 42 Convenio sobre las enfermedades profesionales (revisado), 1934 (núm. 42) 8.06.1936
C. 45 Convenio sobre el trabajo subterráneo (mujeres), 1935 (núm. 45) 22.09.1938
C. 53 Convenio sobre los certificados de capacidad de los oficiales, 1936 (núm. 53) 12.10.1938
C. 80 Convenio sobre la revisión de los artículos finales, 1946 (núm. 80) 13.04.1948
C. 81 Convenio sobre la inspección del trabajo, 1947 (núm. 81) 11.10.1989
C. 88 Convenio sobre el servicio del empleo, 1948 (núm. 88) 25.04.1957
C. 89 Convenio (revisado) sobre el trabajo nocturno (mujeres), 1948 (núm. 89) 25.04.1957
C. 92 Convenio sobre el alojamiento de la tripulación (revisado), 1949 (núm. 92) 8.06.1954
C. 93 Convenio sobre salarios, horas de trabajo a bordo y dotación (revisado), 1949 (núm. 93)
    El convenio no ha entrado en vigor
18.06.1965
C. 94 Convenio sobre las cláusulas de trabajo (contratos celebrados por las autoridades públicas), 1949 (núm. 94) 18.06.1965
C. 95 Convenio sobre la protección del salario, 1949 (núm. 95) 25.04.1957
C. 97 Convenio sobre los trabajadores migrantes (revisado), 1949 (núm. 97) 18.06.1965
C. 98 Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98) 18.11.1952
C. 99 Convenio sobre los métodos para la fijación de salarios mínimos (agricultura), 1951 (núm. 99) 25.04.1957
C. 100 Convenio sobre igualdad de remuneración, 1951 (núm. 100) 25.04.1957
C. 102 Convenio sobre la seguridad social (norma mínima), 1952 (núm. 102)
   Ha aceptado las partes II-X.
15.06.2009
C. 103 Convenio sobre la protección de la maternidad (revisado), 1952 (núm. 103)
   Con excepción de los trabajos a que se refiere el artículo 7, párrafo 1, b) y c).
18.06.1965
C. 104 Convenio sobre la abolición de las sanciones penales (trabajadores indígenas), 1955 (núm. 104) 18.06.1965
C. 105 Convenio sobre la abolición del trabajo forzoso, 1957 (núm. 105) 18.06.1965
C. 106 Convenio sobre el descanso semanal (comercio y oficinas), 1957 (núm. 106)
   El Gobierno declaró que el Convenio se aplica también a las personas empleadas en los establecimientos especificados en el artículo 3, párrafo 1, a), c) y d).
18.06.1965
C. 109 Convenio sobre salarios, horas de trabajo a bordo y dotación (revisado), 1958 (núm. 109)
   Excluyendo la parte II.
    El convenio no ha entrado en vigor
30.11.1966
C. 111 Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111) 26.11.1965
C. 113 Convenio sobre el examen médico de los pescadores, 1959 (núm. 113) 1.03.1965
C. 115 Convenio sobre la protección contra las radiaciones, 1960 (núm. 115) 5.09.1966
C. 116 Convenio sobre la revisión de los artículos finales, 1961 (núm. 116) 5.09.1966
C. 117 Convenio sobre política social (normas y objetivos básicos), 1962 (núm. 117) 24.03.1969
C. 118 Convenio sobre la igualdad de trato (seguridad social), 1962 (núm. 118)
   Ha aceptado las ramas a)-g).
24.03.1969
C. 119 Convenio sobre la protección de la maquinaria, 1963 (núm. 119) 16.04.1992
C. 120 Convenio sobre la higiene (comercio y oficinas), 1964 (núm. 120) 24.03.1969
C. 122 Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122) 24.03.1969
C. 124 Convenio sobre el examen médico de los menores (trabajo subterráneo), 1965 (núm. 124) 21.08.1970
C. 125 Convenio sobre los certificados de competencia de pescadores, 1966 (núm. 125) 21.08.1970
C. 126 Convenio sobre el alojamiento de la tripulación (pescadores), 1966 (núm. 126) 12.04.1994
C. 127 Convenio sobre el peso máximo, 1967 (núm. 127) 21.08.1970
C. 131 Convenio sobre la fijación de salarios mínimos, 1970 (núm. 131) 4.05.1983
C. 132 Convenio sobre las vacaciones pagadas (revisado), 1970 (núm. 132)
   Duración especificada de las vacaciones: 30 días laborales. Ha aceptado las disposiciones del artículo 15, párrafo 1, a) y b).
23.09.1998
C. 133 Convenio sobre el alojamiento de la tripulación (disposiciones complementarias), 1970 (núm. 133) 16.04.1992
C. 134 Convenio sobre la prevención de accidentes (gente de mar), 1970 (núm. 134) 25.07.1996
C. 135 Convenio sobre los representantes de los trabajadores, 1971 (núm. 135) 18.05.1990
C. 136 Convenio sobre el benceno, 1971 (núm. 136) 24.03.1993
C. 137 Convenio sobre el trabajo portuario, 1973 (núm. 137) 12.08.1994
C. 138 Convenio sobre la edad mínima, 1973 (núm. 138)
   Edad mínima especificada: 16 años.
28.06.2001
C. 139 Convenio sobre el cáncer profesional, 1974 (núm. 139) 27.06.1990
C. 140 Convenio sobre la licencia pagada de estudios, 1974 (núm. 140) 16.04.1992
C. 141 Convenio sobre las organizaciones de trabajadores rurales, 1975 (núm. 141) 27.09.1994
C. 142 Convenio sobre el desarrollo de los recursos humanos, 1975 (núm. 142) 24.11.1981
C. 144 Convenio sobre la consulta tripartita (normas internacionales del trabajo), 1976 (núm. 144) 27.09.1994
C. 145 Convenio sobre la continuidad del empleo (gente de mar), 1976 (núm. 145) 18.05.1990
C. 146 Convenio sobre las vacaciones anuales pagadas (gente de mar), 1976 (núm. 146)
   Duración especificada de las vacaciones anuales: 30 días.
24.09.1998
C. 147 Convenio sobre la marina mercante (normas mínimas), 1976 (núm. 147) 17.01.1991
C. 148 Convenio sobre el medio ambiente de trabajo (contaminación del aire, ruido y vibraciones), 1977 (núm. 148) 14.01.1982
C. 151 Convenio sobre las relaciones de trabajo en la administración pública, 1978 (núm. 151) 15.06.2010
C. 152 Convenio sobre seguridad e higiene (trabajos portuarios), 1979 (núm. 152) 18.05.1990
C. 154 Convenio sobre la negociación colectiva, 1981 (núm. 154) 10.07.1992
C. 155 Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981 (núm. 155) 18.05.1992
C. 159 Convenio sobre la readaptación profesional y el empleo (personas inválidas), 1983 (núm. 159) 18.05.1990
C. 160 Convenio sobre estadísticas del trabajo, 1985 (núm. 160)
   De conformidad con el artículo 16, párrafo 2, del Convenio, los artículos 7 a 10, 12, 13 y 15 de la Parte II han sido aceptados.
2.07.1990
C. 161 Convenio sobre los servicios de salud en el trabajo, 1985 (núm. 161) 18.05.1990
C. 162 Convenio sobre el asbesto, 1986 (núm. 162) 18.05.1990
C. 163 Convenio sobre el bienestar de la gente de mar, 1987 (núm. 163) 4.03.1997
C. 164 Convenio sobre la protección de la salud y la asistencia médica (gente de mar), 1987 (núm. 164) 4.03.1997
C. 166 Convenio sobre la repatriación de la gente de mar (revisado), 1987 (núm. 166) 4.03.1997
C. 167 Convenio sobre seguridad y salud en la construcción, 1988 (núm. 167) 19.05.2006
C. 168 Convenio sobre el fomento del empleo y la protección contra el desempleo, 1988 (núm. 168) 24.03.1993
C. 169 Convenio sobre pueblos indígenas y tribales, 1989 (núm. 169) 25.07.2002
C. 170 Convenio sobre los productos químicos, 1990 (núm. 170) 23.12.1996
C. 171 Convenio sobre el trabajo nocturno, 1990 (núm. 171) 18.12.2002
C. 174 Convenio sobre la prevención de accidentes industriales mayores, 1993 (núm. 174) 2.08.2001
C. 176 Convenio sobre seguridad y salud en las minas, 1995 (núm. 176) 18.05.2006
C. 178 Convenio sobre la inspección del trabajo (gente de mar), 1996 (núm. 178) 21.12.2007
C. 182 Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (núm. 182) 2.02.2000
C. 185 Convenio sobre los documentos de identidad de la gente de mar (revisado), 2003 (núm. 185) 21.01.2010
Denuncia
C. 4 Convenio sobre el trabajo nocturno (mujeres), 1919 (núm. 4)
    Denunciado el 12.05.1937
26.04.1934
C. 96 Convenio sobre las agencias retribuidas de colocación (revisado), 1949 (núm. 96)
    Denunciado el 14.01.1972
21.06.1957
C. 110 Convenio sobre las plantaciones, 1958 (núm. 110)
    Denunciado el 28.08.1970
1.03.1965
C. 158 Convenio sobre la terminación de la relación de trabajo, 1982 (núm. 158)
    Denunciado el 20.11.1996
5.01.1995
Denuncia en virtud de la ratificación del Convenio núm. 89
C. 41 Convenio (revisado) sobre el trabajo nocturno (mujeres), 1934 (núm. 41)
    Denunciado el 25.04.1957
8.06.1936
Denuncia en virtud de la ratificación del Convenio núm. 132
C. 52 Convenio sobre las vacaciones pagadas, 1936 (núm. 52)
    Denunciado el 23.09.1998
22.09.1938
C. 101 Convenio sobre las vacaciones pagadas (agricultura), 1952 (núm. 101)
    Denunciado el 23.09.1998
25.04.1957
Denuncia en virtud de la ratificación del Convenio núm. 138
C. 5 Convenio sobre la edad mínima (industria), 1919 (núm. 5)
    Denunciado el 28.06.2001
26.04.1934
C. 58 Convenio (revisado) sobre la edad mínima (trabajo marítimo), 1936 (núm. 58)
    Denunciado el 28.06.2001
12.10.1938
Denuncia en virtud de la ratificación del Convenio núm. 146
C. 91 Convenio sobre las vacaciones pagadas de la gente de mar (revisado), 1949 (núm. 91)
    Denunciado el 24.09.1998
18.06.1965
Denuncia en virtud de la ratificación del Convenio núm. 169
C. 107 Convenio sobre poblaciones indígenas y tribuales, 1957 (núm. 107)
    Denunciado el 25.07.2002
18.06.1965
Denuncia en virtud de la ratificación del Convenio núm. 185
C. 108 Convenio sobre los documentos de identidad de la gente de mar, 1958 (núm. 108)
    Denunciado el 21.01.2010
5.11.1963
Denuncia de este Convenio y ratificación del Convenio núm. 58
C. 7 Convenio sobre la edad mínima (trabajo marítimo), 1920 (núm. 7)
    Denunciado el 9.01.1974
8.06.1936
Denuncia de este Convenio y ratificación del Convenio núm. 103
C. 3 Convenio sobre la protección de la maternidad, 1919 (núm. 3)
    Denunciado el 26.07.1961
26.04.1934

viernes, 15 de marzo de 2013

#COLOMBIA GRAN MOVILIZACIÓN ESTATAL


PERSPECTIVA DE JÓVENES ANDINOS


Presentada por los/as jóvenes de la Subregión Andina
SUBRAC 2013

La crisis mundial ha afectado directamente a los jóvenes obstaculizando el acceso al trabajo decente en altos porcentajes, y según informes de  la OIT, el desempleo alcanza a más 75 millones de  jóvenes teniendo el doble de probabilidades de estar desempleados en relación a una persona de más de 35 años y la cifra incrementa en caso de ser mujer. En pleno siglo XXI, en muchos de los países de la sub región y del resto del mundo existe un alto índice de discriminación, sumándole a esto, puestos de trabajo precarios, con baja remuneración y sin seguridad social en los casos de ser contratados.

Es por ello, que los jóvenes pertenecientes a las diferentes afiliadas de la ISP de la Sub Región Andina, preocupados por el futuro que nos espera, ratificamos el compromiso de lucha al lado de nuestras organizaciones, nos comprometemos a desarrollar actividades sindicales y consciente que estos espacios alcanzados sólo lo podremos defender nosotros, y, aunque el reto es mayor, estamos convencidos que la clave para mantenerlos y hasta duplicarlo, es a través de nuestro trabajo por lo que:

Las/os jóvenes presente en el SUBRAC Quito 2013 (Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela) nos comprometemos a reactivar y fortalecer los comité de jóvenes de cada país presente y a realizar los enlaces necesarios para incorporar a los compañeros de Aruba y Bolivia.

A crear nuevas modalidades de comunicación a través de las redes sociales que sean más efectivas para la distribución de la información en la sub región, y serán los jóvenes de Colombia quienes tendrán la responsabilidad del manejo de estas herramientas de trabajo.

Acordamos que los jóvenes de Perú en conjunto con la compañera Marcela Arellano, coordinadora del proyecto país en el Perú, desarrollen una campaña de alianza con la OIT con el fin de respaldar actividades para los/as jóvenes de la sub región.

Reconocemos la importancia de tener en el Consejo Ejecutivo Mundial a una representante de la sub región andina, y reafirmando el compromiso de trabajo, garantizando una comunicación efectiva que nos permita articular el trabajo sub regional con el regional.

Desarrollaremos herramientas destinadas a facilitar la participación de los/as jóvenes y  promover el trabajo decente de nuestra sub región.






 

Instamos a las organizaciones sindicales afiliadas a la ISP:

Apoyar las actividades coordinadas e impulsar el tema de jóvenes en cada país, esto en cumplimiento de la resolución aprobada el SUBRAC de Maracaibo 2012. (Ajustadas al presupuesto)

A cumplir con la cuota de participación de los/as jóvenes de 30% (Mujer-Hombre) y siempre respetando la equidad de género, tal como fue aprobado en la ciudad de Cartagena en el año 2010 y refrendado en Maracaibo 2012.





 

 

Colombia: RESOLUCIÓN 3er EncuentroNacional Estadal

 




RESOLUCIÓN

TERCER ENCUENTRO NACIONAL ESTATAL

 

1º  de marzo de 2013

 

Las 80 organizaciones sindicales de empleados del sector público y los/las 237 dirigentes y dirigentas sindicales pertenecientes a las  federaciones estatales FENALTRASE, FECODE, UTRADEC, UNETE, FENASER, FECOTRASERVIPUBLICOS,  y a las confederaciones CUT, CGT,  y CTC y a la Internacional de Servicios Públicos –ISP- reunidas en el  TERCER ENCUENTRO NACIONAL ESTATAL, realizado en la ciudad de Bogotá – Colombia el 1º de marzo de 2013, teniendo en cuenta

 

QUE:

 

  1. Las Organizaciones Sindicales que representan a los empleados públicos en el Nivel Nacional le presentamos al gobierno nacional, un PLIEGO NACIONAL UNIFICADO, el 07 de febrero de 2013, en el que se recogen las más sentidas necesidades de los empleados públicos en Colombia.

 

  1. La Constitución Nacional y el Bloque de Constitucionalidad garantizan la Libertad Sindical, y su expresión de ejercicio en la NEGOCIACIÓN COLECTIVA para los empleados públicos en Colombia, contemplado en los Convenios Internacionales 98, 87, 151 y 154 de la OIT, y el artículo 55 de la Constitución Política. El decreto 1092 de 2012 expedido unilateralmente por el gobierno limita la negociación colectiva, ya que no incorpora los contenidos y alcances del convenio 151 que fue incorporado en la legislación nacional con la ley 411, razón por la cual debe ser modificado incluyendo los aspectos pertinentes del acuerdo 151.

 

 

  1. La Comisión de Expertos en Normas y Recomendaciones de la OIT en reciente informe, que preparó para la 102ª Conferencia Internacional del Trabajo, que se realizará en el mes de junio de 2013, denominado “LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, UN CAMINO A SEGUIR” señala que se hace prioritario la promoción del derecho de Negociación Colectiva entre los empleados al servicio del Estado y los gobiernos nacionales, mas allá de la ratificación de los convenios 151 y 154 de la OIT.  La Comisión de expertos dice “Además de examinar la información que contienen las memorias, la Comisión se ha esforzado por tomar en consideración la legislación y la práctica en la materia, y quiere hacer hincapié en la importancia capital que concede a la práctica, es decir, a la aplicación real de los convenios de la OIT ratificados, dado que una mera adecuación formal de las legislaciones nacionales con los convenios de la OIT sin una aplicación efectiva no tiene mucho sentido”   

 

  1. A pesar de estar ratificados por el Estado de Colombia los convenios 87, 98, 151 y 154 de la OIT, los cuales hacen referencia  a la libertad sindical, el derecho de organizarse y negociación colectiva, éstos derechos han tenido un carácter nugatorio debido a la política antidemocrática que muestra al sindicalismo como enemigo de la sociedad.

 

 

 

  1. En la coyuntura, además de seguir luchando para hacer plenamente efectivo el derecho de negociación colectiva, los empleados al servicio del estado y todos los trabajadores y trabajadoras en Colombia, confrontamos y proponemos alternativas sociales a los proyectos gubernamentales de reforma al régimen pensional y de la salud y las políticas que dan continuidad a la aplicación del modelo neoliberal.

 

RESOLVEMOS:

 

  1. Con base en el ejercicio de la Autonomía Sindical, y la participación democrática de los sindicatos enunciados y los sindicalistas de dichas organizaciones, RATIFICAMOS los contenidos, procedimientos y procesos que se han adelantado para la formulación y presentación del PLIEGO NACIONAL UNIFICADO, radicado al gobierno nacional el 07 de febrero de 2013. Así mismo, depositar la confianza y expresar el apoyo a la Comisión Negociadora del Pliego Nacional Estatal, en correspondencia con la composición acordada por cada una de las organizaciones que lo firman.

 

  1. Continuar desarrollando y fortaleciendo el PROCESO DE UNIDAD DE ACCIÓN, adelantado desde hace varios años, con el fin de hacer realidad la NEGOCIACIÓN COLECTIVA para los empleados públicos, tanto en el nivel nacional como en el territorial, sectorial y por entidad.

 

 

  1. Exigirle al gobierno nacional que, sin dilación y argucias jurídicas, dé inicio al  proceso de negociación del PLIEGO NACIONAL UNIFICADO ESTATAL, presentado por las federaciones estatales y las confederaciones de trabajadores, que cuenta con el acompañamiento de la Internacional de Servicios Públicos.

 

  1. Realizar una JORNADA NACIONAL DE ACCIÓN SINDICAL ESTATAL, DE MOVILIZACIÓN, POR EL RESPETO A LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS, el 20 DE MARZO DE 2013, con el propósito de sentar un precedente a nivel nacional y territorial, denunciando  la negligencia y omisión del gobierno en el cumplimiento de los convenios 151 y 154 de la OIT.

 

 

  1. Fortalecer la unidad de acción alrededor de temas vitales que nos conduzca a superar la tendencia regresiva de los derechos, en solidaridad con otros sectores sociales, tales como: estudiantes, campesinos, ambientalistas, trabajadores y usuarios de la salud, trabajadores y usuarios de la educación, y en general quienes aspiran a pensionarse, y quienes son y han sido víctimas de la ley de seguridad ciudadana.

 

  1. Saludar el proceso de diálogo que se actualmente se adelanta en la ciudad de la Habana, república de Cuba, entre el gobierno nacional y la insurgencia, esperando que este logre incorporar a todos los actores y conduzca a la terminación del conflicto armado en Colombia, en la perspectiva cierta de un proceso de paz  duradera con justicia social, en cumplimiento de la constitución de 1991.

 

  1. Preparar un informe unificado acerca del incumplimiento por parte del gobierno nacional , territorial y sectorial del convenio 151 de la OIT, incorporado en la legislación nacional con la ley 411 de 1997, a presentarse en la 102ª Conferencia Internacional del Trabajo, que se realizará en junio de 2013 y que tiene como uno de sus puntos fundamentales examinar la aplicación de los Convenios Internacionales de la OIT 151 y 154.

 

  1. Promover la preparación y presentación de pliegos unificados a nivel territorial, sectorial y por entidad, replicando la experiencia acumulada a nivel nacional.

 

 

  1. Reiterar la solicitud a la Organización Internacional del Trabajo, OIT, de acompañar la aplicación de los convenios 151 y 154.

 

  1. Manifestar nuestra solidaridad con otros conflictos laborales y sociales, tales como el de los trabajadores del Cerrejón, Universidad Nacional, el SENA y los campesinos cafeteros, entre otros sectores.

 

 

  1. Rechazar la persecución antisindical a los dirigentes y dirigentas que han presentado sus pliegos de peticiones y reclamos a sus respectivos empleadores, destacando casos como Coveñas, por tratarse de una zona con graves problemas de supervivencia para el sindicalismo.   

 

CUT, CGT, CTC, FENALTRASE, FECODE, UTRADEC, UNETE, FENASER, FECOTRASERVIPUBLICOS, ISP, SUMA, ASDECOL, SINTRA HOSPITAL ENGATIVA, SINTRAINVIMA, SINTRADISTRITALES, SINTRAIRD, SINTRAGUV, SINTRAMUNICIPALES, UNEPCA, SINTRALIC, HR URIBE, ASONAL JUDICIAL, ASODEFENSA, USIPAMI, SINTRABIENESTAR, SINTRA HGM, ADE, SUMEC, SINALTRAESES, ADEC MEDELLÍN, SINALTRAICA, EDUCAL CALDAS, ANTHOC, ASPUCUNDI, SUNET, ASEINVIAS, SINTRA CONCEJO, ASEPUCOGA, ANSA, SINTRAESTATALES NACIONAL, SINTRENAL, SINTRA DIAN, ASDECOL, ASDEM, SUGOV, ASEMUBE, SINTRAIDU, ASPU, ANDETT, ASEMEXT, SIDEM, SINDE GEOLOGICA, ASERPCA, SINTRASENA, ASFUCUNDIS, SINDECCON, OCTAVA PAPALETA, SOS, SIHTAC, SINDADIC, SINMIMTIC, SINTRAYUMBO, ASOSISALUD, AWEPCA, SINTRAADE, SINALTRAEMPROS, ADEA, SINTRACUAVALLE, SINTRAESTATALES, SINALSERPUB, UTRADIAN, ASOPERSONERIAS, SINTRAHOSMIC, SINDISTRITALES,  SINTRAMUNITOL, UTRADIAN, SINEDIAN